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Las fallas del sistema acusatorio PDF Imprimir E-Mail
Ramiro Guerra Morales 

El derecho en Latinoamérica por muchas décadas siguió en camino trágico de calcar modelos provenientes de una Europa que vivió la antidemocracia y la modalidad autoritaria de ejercer el poder político. En este contexto recibimos una teoría del proceso que era cualquier otra cosa, menos proceso.

 
El Código Procesal italiano, al cual prestó su tutoría ideológica el maestro Calamandrei (periodo del fascismo en Italia), heredero de las Ordenanzas de Klein, (imperio austro-húngaro-1885), influyó de manera, casi determinante, en los modelos del juez y funcionario de instrucción inquisitivo, que desgraciadamente ha servido para violentar los derechos fundamentales del ser humano. 

El juez que investiga, el funcionario de instrucción, que su objetivo es la pena al imputado, relegando la justicia a un segundo plano, en Latinoamérica, no pocas veces terminaron haciéndole los mandados al poder de turno, y el preciado y vital derecho de la libertad fue confiscado, llevando a las podredumbres de las mazmorras a miles de hombres, que su único pecado fue criticar.

Por fortuna, a la barbarie sobrevino la Carta Universal de los Derechos Humanos y el reino de la normatividad positivista cedió el paso a un catálogo de principios naturales, cardinales en la nueva sistemática jurídica, sobre todo la procesal. Advienen en el firmamento de la doctrina juristas de la talla de Montero Aroca, Luigi Ferrajoli, Zaffaroni, Alvarado Velloso, Carlos Muñoz Pope, Silvio Guerra, Rigoberto Acevedo, estos últimos compatriotas, que han abierto surcos para, tanto en el ámbito de lo penal como civil, quebrar la mentalidad inquisitorial del proceso, que tanto daño ha hecho a la humanidad.

Cuando en nuestro país se debate en torno al Código Penal acusatorio es importante decirle a la población el porqué este modelo de la justicia penal procesal se corresponde con la filosofía de un Estado de derecho democrático. La columna axial de este modelo prioriza la justicia penal, pero reconociendo que valores como la libertad, el debido proceso y el estado de inocencia son imponderables. Mienten los que sostienen que el sistema acusatorio no se compagina con los derechos de la víctima y una verdadera justicia penal. Este sistema acusatorio viene a quebrar lo que en nuestro medio queda de justicia policiaca, que no es constitucional y violenta derechos humanos. El modelo acusatorio y garantista, tal vez contenga deficiencias, cierto, pero el que tenemos repugna con la vida en democracia.

Como cuestión de fondo, sigue pendiente la reforma en el proceso civil. Sigue siendo un monumento a la tortuosidad y lentitud.
 

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